Este documento fue aprobado en la Asamblea de 1 de Marzo de 2023 en Órgiva
Este documento recoge un código de prácticas y acciones concretas que las personas que ocupen cargos internos de la plataforma o cargos públicos, electos y de libre designación, deberán cumplir para asegurar una gestión política comprometida y cercana a la ciudadanía, con mecanismos eficaces de transparencia en la financiación y rendición de cuentas, democráticos y populares, y con espacios reales de participación y decisión de la ciudadanía en los asuntos públicos.
También se plantean diversos compromisos y medidas que tienen como objetivo garantizar que todos puedan dedicar el tiempo necesario a la gestión política y a las funciones públicas y, al mismo tiempo, acabar con los privilegios de los que, durante
muchos años, ha disfrutado buena parte de la clase política, y que han provocado un
grave alejamiento de los intereses de la ciudadanía.
Este compromiso de ética política parte de la confianza y el compromiso que P’Alante Órgiva mantiene con las personas que ocuparán un cargo de responsabilidad pública, además de significar un mecanismo de apoyo, supervisión y control a su tarea.
Las personas que ocupen cargos públicos bajo el mandato de este código de ética política, se comprometen también a impulsar los instrumentos y mecanismos legales necesarios para que estos principios éticos se conviertan en norma obligatoria para
todos en la administración municipal.
Este código ético quiere ser flexible, dinámico y conciso. Por ello, la plataforma P’Alante Órgiva trabajará en un reglamento que concrete y haga operativos los principios del código ético. Los principios recogidos en este código ético comprometen a todas las personas de la candidatura resultante de la plataforma, que ocupen cargos electos, de libre designación y gerenciales, tanto del Ayuntamiento de Órgiva como de las otras instituciones supramunicipales —públicas y semipúblicas— donde el Ayuntamiento tenga participación financiera, y en los espacios de toma de decisiones, incluidos en su caso la Mancomunidad de Municipios y la Diputación Provincial.
Todas estas personas se comprometen defender la aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en los ámbitos social, político e institucional de nuestra sociedad y, de forma específica, a actuar conforme a los siguientes principios:
1.Democratización de la representación política, fiscalización y rendición de cuentas
1.1. Defender lo establecido en el programa político de la plataforma y actuar como representantes, obligados a seguir las decisiones tomadas en los mecanismos democráticos y abiertos a toda la población que fije la candidatura, promoviendo la corresponsabilidad política de todos y todas.
1.2. Hacer públicas las agendas de los representantes, para hacer visible con quién se reúnen y los temas que se tratan. Se harán públicos también las órdenes del día y las actas de las reuniones.
1.3. Facilitar todos los ingresos, bienes y rendimientos patrimoniales de los representantes, así como todos aquellos datos necesarios para la detecciónde posibles conflictos de intereses y la elaboración de auditorías ciudadanas. Este compromiso se extenderá a los 3 años siguientes a su salida de la función pública.
1.4. Hacer públicos los criterios de selección de las personas contratadas tanto en la plataforma como en las instituciones, cuando las haya. En cualquier caso las contrataciones se harán bajo los principios de publicidad y concurrencia, incluso en los puestos de asesoramiento, evitando los nombramientos por designación directa o de confianza. En los casos en que la decisión no dependa de los representantes de P’Alante Órgiva, estos mostrarán su oposición y exigirán la aplicación de los citados principios.
1.5. Rendir cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, mediante
instrumentos presenciales y virtuales, asamblearios, democráticos y
abiertos a todos de ámbito sectorial o de zona. La información se presentará siempre en formatos open data o similares, que permitan trabajarla.
1.6. Aceptar la censura (y revocación, en su caso) de concejales/as y otros cargos públicos por mala gestión o por incumplimiento flagrante y no justificado del programa. Para que esto sea posible, se establecerán en el Reglamento mecanismos de garantía y evaluación de la gestión de las personas con cargos públicos de la candidatura, y la ciudadanía tendrá el derecho y el deber de participar activamente en el control y seguimiento de
la labor de los cargos públicos para garantizar una correcta y honesta aplicación de este principio.
1.7. No acceder durante un periodo, mínimo de 3 años, a cargos de
responsabilidad en empresas creadas, reguladas, supervisadas, o que hayan sido beneficiarias de un contrato municipal, dentro del ámbito y/o sector donde ha desarrollado su función representativa. En ningún caso se ocuparán cargos en los consejos de administración de estas.
1.8. Mantener un contacto habitual con colectivos en situación de
vulnerabilidad, garantizar el espacio necesario en sus agendas para
atenderlos y dar respuestas a sus propuestas, y tener presentes a la hora de tomar decisiones los informes de las personas de la administración que
trabajan con estos colectivos.
1.9. Garantizar la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones relevantes y en el posicionamiento político de la candidatura sobre temas estratégicos y proyectos de impacto social, ambiental o urbanístico en la ciudad, distritos o barrios, teniendo en cuenta los principios de subsidiariedad y solidaridad. Todas las personas que ocupen cargos públicos se comprometen a impulsar y apoyar todas las iniciativas ciudadanas propuestas a través del marco legal vigente o en el marco de la candidatura
(a escala municipal, comarcal o, en su caso, provincial).
1.10. Garantizar que la elaboración de las listas para las candidaturas municipales, así como la ocupación de puestos para cualquier órgano interno de la propia plataforma, se realizan mediante un proceso de elección abierta a todos los miembros de la asamblea, en el ámbito territorial al que corresponda la candidatura, de forma que las listas que se presenten seajusten a los resultados de esa elección. El proceso de elección o primarias,
no se limitará a los cabezas de lista, sino a la totalidad de la misma.
2.Financiación, transparencia y gestión de los gastos
La plataforma y las candidaturas de ella surgidas se comprometen a:
2.1. Ser transparente en su gestión, publicando desagregados todos los datos referentes a los ingresos y gastos, que gestionará en vez de entidades de economía social y solidaria.
2.2. Establecer en el Reglamento un tope máximo a las donaciones privadas a
la plataforma o a las candidaturas vinculadas a la misma.
2.3. La renuncia explícita a los créditos bancarios y a las donaciones de particulares que puedan coartar la independencia política de la candidatura.
La candidatura tendrá un compromiso explícito de trabajar con las
instituciones de la banca ética para garantizar su independencia y la
coherencia con su programa.
2.4. Apostar claramente por una limitación drástica del gasto en campaña electoral.
2.5. Fomentar el micromecenazgo finalista, es decir, el pequeño mecenazgo destinado a acciones y necesidades concretas.
2.6. No utilizar fundaciones o entidades jurídicas para financiarse con recursos y mecanismos poco transparentes, y con objetivos diferentes a los de la plataforma.
2.7.La introducción de sanciones efectivas en caso de financiación irregular.
2.8. La plataforma y sus candidaturas harán un uso de la financiación coherente con este código ético y sus valores, realizando aportaciones puntuales y finalistas encaminadas a fortalecer el tejido asociativo, sin generar dependencias o clientelismos.
3.Supresión de privilegios derivados de los cargos y adopción de medidas en el Reglamento contra la corrupción.
A este efecto, las personas con cargos electos, representativos o gerenciales, se
comprometen a:
3.1. Renunciar a los regalos y privilegios que se les puedan ofrecer por su condición y que puedan significar un trato de favor.
3.2. No ostentar más de un cargo público en las instituciones y administraciones, salvo aquellos para los que sea requisito imprescindible su condición de concejal/a.
3.3. No recibir sueldos adicionales al establecido ni cobrar remuneraciones extras porasistir a reuniones.
3.4. Aceptar, para los supuestos en que los diferentes ayuntamientos retribuyan los cargos electos o de libre designación, el sueldo máximo neto mensual, incluyendo dietas, que se recoja en el Reglamento de la plataforma, entendiendo que esta retribución garantizará unas condiciones dignas para ejercer las responsabilidades y funciones que suponen el cargo asumido
3.5. Limitar el mandato individual a dos legislaturas consecutivas, sea cual sea el puesto o cargo que se haya ocupado.
3.6. Compromiso de renuncia o cese de forma inmediata de todos los cargos, ante la imputación por la judicatura de delitos relacionados con corrupción, prevaricación con ánimo de lucro, tráfico de influencias, enriquecimiento injusto con recursos públicos o privados, cohecho, malversación y apropiación de fondos públicos, bien sea por interés propio o para favorecer a terceras personas. Así como también en casos de apertura de juicio oral por delitos de racismo, xenofobia, violencia de género,
homofobia u otros delitos contra los DD. HH., contra los derechos de las personas trabajadoras o contra el patrimonio cultural y el medio ambiente. El Reglamento establecerá medidas para asegurar este compromiso.
3.7. Hacer un buen traspaso de información y de conocimiento (sin remuneración), siguiendo un protocolo acordado en el marco de la candidatura.
3.8. Desarrollar mecanismos para la conciliación entre la vida familiar y política.
Disposiciones transitorias:
Disposición transitoria
1. El Reglamento que regule el código ético deberá incorporar
mecanismos para velar por su correcta implementación y especificar los canales de modificación de este Código, entre otros aspectos. Disposición transitoria
2. Queda pendiente incorporar en el código ético el uso que se
haga de la financiación que, en su caso, reciban las candidaturas.
Disposición transitoria
3. Queda pendiente de identificar qué elementos o asuntos
deberán necesariamente llevarse a consulta directa y vinculante, que habrán de ser incorporados al Reglamento.